La nueva ley orgánica 10/2022 de garantía integral de libertad sexual, conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’, obliga a las empresas a pactar con los representantes de los trabajadores protocolos para evitar casos de acoso, ampliando el aparato de protección laboral y de seguridad social de las personas que sean víctimas de cualquier tipo de violencia sexual.

¿Qué manifiesta la Ley Orgánica 10/2022 en el ámbito laboral?

Según el artículo 12 “Prevención y sensibilización en el ámbito laboral”, las empresas deberán:

  1. Promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
  2. Arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones, incluyendo específicamente las de ámbito digital.
  3. Incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras.
  4. Establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas, protocolos de actuación o acciones de formación.

Las empresas que adecúen su estructura y normas de funcionamiento a lo establecido en esta ley orgánica serán reconocidas con el distintivo de «Empresas por una sociedad libre de violencia de género».

Además, se recogen nuevos derechos para las trabajadoras víctimas de violencia sexual, entre los cuales destacan:

  • Reducción de su jornada.
  • Re-ordenación de su tiempo de trabajo.
  • Adaptación de su puesto de trabajo y los apoyos que necesiten por razón de su discapacidad para la reincorporación.
  • Cambio del centro de trabajo.
  • Movilidad geográfica.
  • Suspensión de la relación laboral con reserva de su puesto de 6 meses. Esta suspensión podrá ser prorrogada hasta un máximo de 18 meses por un juez.
  • Extinguir el contrato laboral.
  • Derecho a acceder a la protección por desempleo
  • Ausencias o faltas de puntualidad a causa de situaciones físicas o psicológicas que tengan su origen en violencia sexual estarán remuneradas y se considerarán justificadas.
Ley Orgánica 10/2022

¿Mi empresa está obligada a dar formación para la protección integral contra la violencia sexual?

Sí, según el artículo 12:

«Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio «.

Asimismo, el citado artículo introduce la obligación de implantar procedimientos específicos para la prevención de estas conductas y un canal de denuncias para las víctimas, que deberá contemplar también los casos que se produzcan en el ámbito digital.

Plazo

Desde el 7 de octubre de 2022, (fecha en la que entró en vigor), las empresas deberán cumplir con todas sus obligaciones expuestas líneas arriba.

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