¿Qué es la
Clasificación de Contratistas?
La Clasificación de Contratistas es un requisito administrativo fundamental en España que acredita la solvencia económica, financiera y técnica de las empresas para ejecutar contratos con el Sector Público de determinada cuantía y complejidad.
No es un simple registro, sino una evaluación previa realizada por la Administración que certifica la capacidad de una empresa para asumir trabajos específicos de obras o servicios, agrupados por tipos de actividad y niveles de facturación.
Este proceso, regulado por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, simplifica los trámites de licitación para las empresas clasificadas, ya que no necesitan acreditar su solvencia en cada concurso al que se presenten.
Obligaciones de la
Clasificación de Contratistas
La Clasificación de Contratistas va dirigida a empresas (personas jurídicas y, en algunos casos, autónomos), principalmente del sector de la construcción (Obras) y de una amplia variedad de actividades (Servicios), que aspiran a ser proveedoras de cualquier Administración Pública en España (estatal, autonómica o local).
La Clasificación de Contratistas es un requisito obligatorio en España para:
Aunque el contrato sea de menor cuantía, la Clasificación podrá será obligatoria si así lo exige el pliego de condiciones de la licitación.
Elementos para
la clasificación
Categorías de Clasificación para OBRAS
Categoría | Clasificación de Obras | Equivalente RD 1098/2001 |
---|---|---|
1 | Hasta 150.000 euros | AóB |
2 | De 150.000 a 360.000 euros | C |
3 | De 360.000 a 840.000 euros | D |
4 | En los grupos de la A a la H: De 840.000 a 2.400.000 euros(En los grupos de la I a la K: más de 2.400.000 euros) | E |
5 | En los grupos de la A a la H: De 2.400.000 euros a 5.000.000 euros | F |
6 | En los grupos de la A a la H: más de 5.000.000 euros | F |
NOTA: para los grupos I,J,K la máxima categoría será la 4 independientemente de que se trate de importes superiores a 2,4 MEur.
Categorías de Clasificación para SERVICIOS
Categoría | Clasificación de Servicios | Equivalente RD 1098/2001 |
---|---|---|
1 | Hasta 150.000 euros | A |
2 | De 150.000 a 300.000 euros | B |
3 | De 300.000 a 600.000 euros | C |
4 | De 600.000 a 1.200.000 euros | D |
5 | Más de 1.200.000 euros | D |
¿Quién concede
la clasificación?
El estudio de los expedientes lo realiza la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de Contratos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Los certificados de clasificación se expiden con dos años de vigencia.
En INGERTEC nos ocupamos de mantener vigente su registro de clasificación.

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