Canal de 
DENUNCIAS

  • Obligatorio en empresas con más de 50 personas trabajadoras.

  • Te ayudamos a implementar tu sistema de comunicación interno o externo.

¿Qué es el
Canal de Denuncias?

Un Canal de Denuncias (también conocido como canal ético o canal de integridad) es una herramienta esencial para que las empresas permitan a empleados, clientes, proveedores o cualquier tercero comunicar de forma segura y confidencial (o anónima, si así lo permite la ley) irregularidades, conductas ilícitas o incumplimientos normativos y éticos.

Estas irregularidades pueden incluir corrupción, fraude, acoso, discriminación, blanqueo de capitales o cualquier otra violación de leyes o políticas internas.

Este sistema no solo protege al denunciante, sino que también actúa como un mecanismo de alerta temprana para la organización, permitiendo identificar y corregir problemas antes de que escalen, minimizando así riesgos legales, financieros y reputacionales.Su implementación es una parte fundamental de un buen sistema de Compliance (Cumplimiento Normativo).

¿Quién ha de implantar un
Canal de Denuncias?

Según la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción,  que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 (Directiva Whistleblowing), la implantación de un Canal de Denuncias es obligatoria para:

  • Todas las empresas privadas que cuenten con más de 50 personas trabajadoras.

  • Todas las entidades que integran el sector público.
  • Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y las fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos.

¿Qué se puede

denunciar?

El Canal de Denuncias sirve como un buzón en el que se puede comunicar o ser denunciada cualquier presunta irregularidad, como pueden ser:

  • Dudas/sugerencias (quedando excluidos de este canal, las reclamaciones comerciales, peticiones de empleo, así como, mensajes publicitarios).

  • Tratos discriminatorios, acoso laboral y/o sexual.
  • Mal uso de información clasificada y gestión inadecuada o lucrativa de los recursos empresariales.

  • Robos, fraudes y corrupción.

  • Conductas y acciones inmorales o ilegales para con el desempeño del trabajo.

Plazos y Sanciones por no tener un
Canal de Denuncias

Desde el 1 de diciembre de 2023 es obligatoria la implantación de un Canal de Denuncias en empresas de más de 50 personas trabajadoras, así como entidades públicas y gestoras de fondos públicos.

Si éstas entidades no disponen del canal, estarán expuestas a:

  • Multas de entre 1.001 euros y 1.000.000 de euros.

  • Amonestaciones públicas, como la prohibición de participar en subvenciones u otros beneficios fiscales.
  • Prohibición de participar en licitaciones y ser contratadas por el sector público.

Pasos para la correcta implementación del Canal de Denuncias

¿Tienes dudas de dónde empezar? Nosotros te guiamos paso a paso para una correcta implantación del Canal de Denuncias.

Fase 1:
Elaboración

  • Elaborar la política del sistema interno de información.
    Definir el procedimiento de gestión de informaciones.
  • Designar del responsable del sistema interno de información.
  • Crear el material formativo y de concienciación.
Canal de Denuncias

Fase 2:
Diseño e implementación

  • Diseñar e implantar el canal de denuncias, garantizando la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la denuncia, e impidiendo el acceso a ella al personal no autorizado.
Canal de Denuncias

Fase 3:
Gestión

  • Realizar el seguimiento continuo de toda actividad del canal de denuncias.
  • Hacer reportes de toda la información obtenida en función de la actividad.
  • Formular la propuestas de valor.
Canal de Denuncias

Ventajas de implantar un
Canal de Denuncias

  • Previene el comportamiento negativo antes de que se intensifique.

  • Favorece la comunicación y la confianza, mejorando el clima laboral.

  • Proporciona información relevante.

  • Reduce las pérdidas.

¿Quieres saber más?

Visita nuestro artículo de “Ley 2/2023 de Protección del informante”:

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