La Huella de Carbono Corporativa es una medida que evalúa la cantidad total de emisiones de gases de efecto invernadero generadas por una organización en sus actividades comerciales.
La Huella de Carbono Corporativa se ha convertido en una métrica crucial para evaluar el impacto ambiental de las empresas y su contribución al cambio climático.
Por ello, calcular y reducir la Huella de Carbono Corporativa es fundamental para promover la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental, así como para cumplir con las regulaciones y expectativas cada vez mayores de los consumidores y las partes interesadas.
Cálculo de la Huella de Carbono
La aplicación de la Huella de Carbono puede hacerse en diferentes ámbitos:
1. Organización: Dependiendo del tamaño de la organización se puede realizar de las siguiente forma:
- PYMES: registro en el MITECO con la calculadora del ministerio con alcance 1 y 2.
- Grandes Empresas: necesitan verificación por un tercero mediante ISO 14064-1 o GHG PROTOCOL.
2. Producto: ISO 14067 o PAS 2050.
La documentación para dichos procedimientos es la siguiente:
- Registro MITECO: formulario de inscripción, capacitación legal, descripción de la empresa, calculadora y plan de seguimiento y reducción.
- ISO 14064-1 o GHG PROTOCOL: Calculadora, Informe de GEI y plan de reducción, además de otros documentos necesarios para su verificación.
La inscripción en el registro de Huella de Carbono será clave para obtener contratos en licitaciones públicas y privadas.
Obligatoriedad del Cálculo de Huella de Carbono
En la actualidad, ya hay comunidades autónomas que consideran el Cálculo de la Huella de Carbono de forma obligatoria, las cuales son:
- ISLAS BALEARES: Según el RD 48/2021, las empresas con más de 49 personas trabajadoras, que facturen más de 10 millones de euros al año y que operen total o parcialmente en las Islas Baleares, están obligados a calcular la huella de carbono en su organización.
- ANDALUCÍA: Según la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de Medidas frente al Cambio Climático y para la Transición hacia un Nuevo Modelo Energético en Andalucía, las empresas que consumen más de 1 MW/h están obligadas a calcular la huella de carbono en su organización.
- VALENCIA: Según la Ley 6/2022, a partir de 2025, todas las grandes y medianas empresas que desarrollen sus actividades en la Comunidad Valenciana deberán calcular y acreditar anualmente la huella de carbono. Además, todas deberán elaborar y ejecutar Planes de reducción de emisiones.
- NAVARRA: Según la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, las empresas estarán obligadas a calcular su huella de carbono, incluidas las explotaciones agrícolas y ganaderas en un plazo de dos años.
- ISLAS CANARIAS: Según la Ley 6/2022 de Cambio Climático y Transición Energética de Canarias establece la obligatoriedad de elaborar Planes de Transición Energética a grandes y medianas empresas que desarrollen total o parcialmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Canaria en un plazo máximo de 5 años tras la aprobación de la ley.
- CANTABRIA: Según el Real Decreto 32/2018, de 12 de abril, a partir de 2025, las grandes empresas cántabras estarán obligadas a registrar su huella de carbono de forma anual. Además, las pymes proveedoras de estas empresas se verán afectadas.
- OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: En La Rioja, Asturias y Cataluña, el cálculo de la huella de carbono sigue siendo de forma voluntaria. Sin embargo, estas comunidades han implementado su propia calculadora de huella de carbono, con el fin de motivar a las empresas a realizar dicho cálculo.
Sanciones por incumplimiento
Las sanciones por incumplimiento pueden ir desde infracciones leves o muy graves: multas entre 6000 y 1.000.000 euros.
¿Cómo podemos ayudarte?
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