Ineficiencias en las cosechas, transportes inadecuados, sobreproducción, son solo algunas de las causas del desperdicio alimentario en España, que ha llevado a desechar aproximadamente 1,3 millones de toneladas de alimentos al año.
Para evitar que este despilfarro siga ocurriendo, se publicó la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario que establece un marco normativo que afecta directamente a este sector.
Ley 1/2025, de 1 de abril
En qué consiste y obligaciones
El fin primordial de la ley es reducir de forma significativa las pérdidas y el desperdicio de alimentos que se producen en todas las etapas de la cadena de valor. Buscando fomentar una cultura de aprovechamiento y una gestión más eficiente y sostenible de los alimentos.
La Ley 1/2025, de 1 de abril exige a las empresas a destinar el sobrante de sus alimentos a:
- Donación de alimentos para consumo humano siempre que sean seguros. Si una empresa dona alimentos que no cumplen los estándares de seguridad alimentaria según la ISO 22000, puede enfrentarse a problemas legales graves.
- Transformación de los alimentos a zumos, mermeladas, etc., si el producto sigue siendo apto.
- Alimentación animal y fabricación de piensos.
- Uso industrial y obtención de compost o biogás.
Según esta ley, las empresas del sector alimentario deberán:
- Implementar políticas contra el desperdicio y buenas prácticas en la gestión de alimentos.
- Elaborar Planes de Prevención de Pérdidas y Desperdicios.
- Medir las cantidades anuales de desperdicio.
- Cumplir la jerarquía obligatoria de gestión.
- Enfrentarse a sanciones por incumplimiento.
Además, según la ley, las empresas han de disponer obligatoriamente de Convenios de Donación con bancos de alimentos o ONGs. No vale con llamar a una entidad de vez en cuando; debe haber un acuerdo formal que garantice la trazabilidad.
Empresas afectadas
La Ley 1/2025, de 1 de abril, afecta a ciertas empresas:
OBLIGADOS:
- Empresas de la cadena alimentaria (productores, fabricantes, distribuidores)
- Sector HORECA (hoteles, restaurantes, catering)
- Comercios de más de 1.300 metros cuadrados.
- Entidades sociales que distribuyen alimentos.
EXENTOS:
- Consumidores finales (hogares)
- Pequeños comercios (<1.300 m2)
- Productores primarios para autoconsumo
- Pequeñas empresas familiares bajo ciertos criterios
Sanciones por incumplimiento
Incumplir la Ley 1/2025 puede acarrear sanciones para las empresas según la gravedad:
- Sanciones Leves, como no aplicar la jerarquía de prioridades, no justificar por qué no se donó comida o incluir cláusulas que impidan la donación en contratos. Hasta 2.000 €.
- Sanciones Graves, como no tener un Plan de Prevención de desperdicio, destruir intencionadamente alimentos aptos para el consumo o no realizar las donaciones obligatorias. Entre 2.001 € y 60.000 €.
- Sanciones Muy Graves, como la reincidencia o casos de destrucción masiva e injustificada de alimentos. Entre 60.001 € y 500.000 €.
Certificación de Desperdicio Alimentario Cero
Cumplir la Ley 1/2025 a través de la Certificación
Para demostrar el compromiso de las empresas, además de cumplir con todos los requisitos de la ley, podrán optar a la obtención del Certificado de Desperdicio Alimentario Cero.
Esta certificación no es obligatoria, pero sí demuestra que la organización ha puesto en marcha un sistema robusto para reducir el desperdicio en todas sus operaciones, desde el origen hasta el consumidor final.
Empresas recomendadas para la Certificación
Esta certificación es ideal para cualquier organización dentro del sector alimentario que busque una gestión más sostenible y eficiente. Específicamente, se orienta a:
- Toda la cadena de suministro agroalimentaria: Incluyendo a productores, empresas de transformación y distribuidoras que quieran optimizar sus procesos, aprovechar al máximo las materias primas y reducir las pérdidas en cada etapa.
- El sector de la distribución comercial: Supermercados y otras tiendas minoristas que necesiten mejorar la gestión de sus excedentes y minimizar los productos que no llegan a venderse.
- La hostelería y restauración (Sector HoReCa): Negocios como restaurantes, hoteles y servicios de catering enfocados en minimizar el derroche de alimentos tanto en la preparación en cocina como en el servicio al cliente.
Beneficios de la Certificación en Desperdicio Alimentario Cero
- Ahorro de costes y aprovechamiento de las materias primas y minimizar las pérdidas.
- Acceso a incentivos fiscales y licitaciones públicas que valoren la sostenibilidad.
- Mejora de la imagen corporativa y reputación de la empresa.
- Cumplimiento normativo y anticipación a futuras regulaciones.
- Impacto ambiental positivo.
- Fomento de la innovación y la eficiencia.
- Contribución social al priorizar la donación de excedentes de alimentos.
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