PLAN DE IGUALDAD EN LA EMPRESA

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Plan de Igualdad en la Empresa

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¿Qué es un
PLAN DE IGUALDAD?

  • “Un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de género”.

    Dicho de otro modo:
    Se trata de generar un documento llamado Plan de Igualdad en la Empresa, cuya finalidad es el establecimiento de medidas que promuevan la igualdad de género y diseñadas a partir de un informe diagnóstico de la situación de partida. El Plan de Igualdad es obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores y además será válido para 4 años desde la fecha de su aprobación.

    Un requisito indispensable es que el Plan de Igualdad será validado y verificado por parte del Ministerio de Igualdad en la plataforma habilitada denominada REGCON.

Plan de Igualdad en la Empresa

¿Por qué Implementar un
PLAN DE IGUALDAD EN LA EMPRESA?

  • Plan de igualdad Obligatorio. Para empresas de más de 50 trabajadores es obligatorio y por tanto la fecha límite era Marzo 2022.

  • Evita Sanciones. Todas las empresas independientemente del nº de trabajadores/as deben disponer de registro retributivo anual y Protocolo de Prevención de Acoso Sexual y por Razón de Sexo.

  • Mejora tu imagen. El Plan de Igualdad cuenta en licitaciones y subvenciones y por tanto es puntuable.

  • Compromiso con la Igualdad. Se establecen medidas de igualdad específicas para cada empresa con el objetivo de favorecer la igualdad de género según los resultados del informe diagnóstico de igualdad en la empresa.

Pasos para Implantar un
PLAN DE IGUALDAD EN LA EMPRESA

Para implantar un Plan de Igualdad en la Empresa lo primero que debemos realizar es el establecimiento de la comisión negociadora. Este es el organismo empresarial de igualdad que aprobará en informe diagnóstico de situación de partida en cuanto a igualdad de género. En Ingertec te ayudamos a saber cómo tienes que conformar la Comisión Negociadora en función de los centros de trabajo de tu empresa, número de representantes legales de los /as trabajadores/as o si debes implantar un plan de igualdad para grupos de empresas.

Igualmente, en este paso se deben establecer el compromiso empresarial con la igualdad de género firmado por la representación legal de la empresa.

Seguidamente Ingertec elaborará el informe diagnóstico del Plan de Igualdad conforme al contenido requerido en el RD 901/2020.

Cuando ya se dispone del informe diagnóstico, se presenta a la Comisión Negociadora y éste organismo lo aprueba después de ser negociado. En base a los resultados obtenidos se plantean las medidas que se van a tomar en cuanto a igualdad de género en los siguientes 4 años. Cuando ya se tienen claras las medidas Ingertec elabora el documento como tal de Plan de Igualdad y te ayudamos en el Registro del Plan de Igualdad en el REGCON.

Ofrecemos la posibilidad de realizar un seguimiento del Plan de Igualdad laboral durante toda su vigencia (4 años), asistiendo a las reuniones con la comisión de seguimiento y elaborando el informe de seguimiento del Plan de Igualdad así como las actas del Plan de Igualdad.

¿Cuál es el coste de un Plan de Igualdad en la Empresa?
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Obligatoriedad

PLAN DE IGUALDAD en la empresa

  • El Plan de Igualdad en las empresas es obligatorio para todas las empresas que tengan más de 50 trabajadores.

  • El Plan de Igualdad en Empresas con menos de 50 trabajadores, o el plan de igualdad para Pymes es voluntario y por tanto solo será obligatorio el Plan de Igualdad cuando:

    • Estén obligadas por convenio de aplicación
    • Dispongan de una sanción administrativa relacionada con la igualdad de género
  • Para estas empresas de menos de 50 trabajadores sí que es obligatorio tener un registro retributivo de manera anual y el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo.

Plan de Igualdad en la Empresa

Plazos PLAN DE IGUALDAD

  • A partir de Marzo de 2022 se decretó el  Plan de Igualdad obligatorio en todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras.

Precio PLAN DE IGUALDAD 

Para la determinación del precio de un Plan de Igualdad incluyen los siguientes factores:

  • Nº de trabajadores/as
  • Nº de centros de trabajo
  • Nº de puestos de trabajo
  • Nº de convenios colectivos de aplicación
  • Si la empresa dispone o no de representación legal de la empresa

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Preguntas Frecuentes
PLAN DE IGUALDAD EN LA EMPRESA

Según el RD 901/2020 debe cumplir los siguientes requisitos;

  • Debe ser paritaria (igual número de hombres que de mujeres).
  • Se debe integrar a los Representantes Legales de los trabajadores (RLT) y a los representantes de la empresa (en igual número de personas por cada parte).
  • Si disponemos de RLT (Representante legal de los trabajadores/as en la empresa tenemos dos opciones (convocar internamente elecciones a RLT, o bien realizar un llamamiento a los sindicatos más representativos y a los más representativos del sector a través de carta certificada, burofax o email con acuse de recibo).

Aunque la legislación aplicable indique que al menos las personas que intervengan en la Comisión Negociadora y las personas responsables de la Comisión de intervención del Protocolo de Prevención de Acoso Sexual y por Razón de Sexo deban disponer de formación y /o experiencia en igualdad de género, es recomendable que toda la organización disponga de conocimientos básicos para prevenir la discriminación sexual y por razón de sexo en la empresa.

El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social enfoca como uno de sus ejes prioritarios la vigilancia en materia de Igualdad y Auditoria Retributiva. No cumplir con las obligaciones en materia de igualdad da lugar a sanciones graves para la empresa.

  • Sanciones económicas.
  • Pérdida automática de ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción.
  • Exclusión automática del acceso a programas de empleo de seis meses a dos años.

Si, los Planes de Igualdad serán objeto de inscripción obligatoria en el registro de Planes de Igualdad, tanto si se trata de planes obligatorios o voluntarios e independientemente de que hayan sido o no adaptados por acuerdo entre las partes.

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