El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley que regula la protección de las personas (Whistleblower) que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y nacional y, en consecuencia, que contribuyan a la lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

objeto

El objeto de la Directiva es proteger a todas aquellas personas (Whistleblowers) que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediante el establecimiento de canales protegidos de información y la prohibición de cualquier represalia contra ellas.

Whistleblower

¿En qué consiste el Proyecto de Ley para proteger a los Whistleblower?

Con este Proyecto de Ley, no solo se transpone la Directiva europea, conocida como Whistleblower, sino que se da cumplimiento a una serie de objetivos del Plan y acción del Gobierno en la lucha contra la corrupción, incluidos en el acuerdo de coalición en el punto 2.11.3 o en el IV Plan de Gobierno abierto 2020-2024, ya que proteger a las personas informantes es prioritario en la lucha integral contra la corrupción tanto en el ámbito público como en el privado.  

Dicha directiva europea obliga a más de 24.000 empresas de más de 50 trabajadores cuenten con un canal de denuncia.

El Proyecto de Ley establece, entre otras medidas, un régimen jurídico que garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

Con esta norma, cualquier ciudadano y cualquier funcionario público podrá poner en conocimiento las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas, en el ámbito de la contratación o del resto del ordenamiento, y se le deberá de conferir una protección real y efectiva ante cualquier represalia al informante y a su entorno.

Sujetos de proyecto de ley

Se establece la obligación de disponer de canales internos de información para empresas con más de 50 trabajadores. Igualmente, se obliga a contar con un sistema interno de información a todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a las fundaciones que de los mismos dependan siempre de que gestionen fondos públicos, con independencia de su número de empleados.

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Incumplimiento

El procedimiento sancionador contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el caso de personas físicas; y los 10.001 y el millón de euros, en el caso de las personas jurídicas.

Plazo

Ahora bien, se establece un plazo mayor para las empresas del sector privado (de 50 a 249 trabajadores). En este caso, se fija un plazo hasta el 17 de diciembre de 2023 para dar cumplimiento a la obligación de establecer canales de denuncia interna.

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