Recientemente ha entrado en vigor la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 (CSRD – Corporate Sustainability Reporting  Directive) la cual modifica las siguientes normativas:

  • El Reglamento (UE) n.º 537/2014: requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público.
  • La Directiva 2004/109/CE: armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado.
  • La Directiva 2006/43/CE: auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas.

La Directiva 2013/34/UE: presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas.

Objetivo

Esta Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad pretende que los informes de información no financiera presenten información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD).

Debido a esto, el nombre de estos reportes anuales pasarán de llamarse “de Información no Financiera” a “Información de Sostenibilidad”, pasando a tener la misma importancia que el Informe Financiero.

Una de las implicaciones más importantes es que, en el proceso de creación de este nuevo informe de sostenibilidad, las empresas deberán exponer de forma transparente su impacto medioambiental, social y de gobernanza.

De momento, tendrá una verificación limitada, aunque evolucionará en el futuro hacia una verificación razonable por parte de una persona experta. 

Entrada en vigor

Actualmente el ENIF afecta a unas 12.000 empresas, sin embargo, la CSRD multiplicará su alcance, afectando a unas 50.000 empresas en España. Sin afectar a pymes que no cotizan en bolsa ni a microempresas. Depende del tipo de entidad, se establecen las siguientes fechas:

  • A partir del 1 de enero de 2024, las empresas de interés público con más de 500 empleados, sujetas ya a la anterior normativa NFRD, entregarán sus informes en 2025.
  • A partir del 1 de enero de 2025, las grandes empresas cotizadas o no con más de 250 empleados y/o facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos, entregarán sus informes en 2026.
  • A partir del 1 de enero de 2026, las pymes cotizadas, excepto microempresas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas entregarán sus informes en 2027, aunque podrán retrasarlo hasta 2028.
  • En 2029, deberán presentar el informe del ejercicio de 2028 las empresas de terceros países con al menos una filial o sucursal con domicilio social en la Unión Europea o con un volumen de negocios neto de más de 150 millones de euros en la comunidad europea.

Principales cambios

Como ya hemos mencionado, con la nueva Directiva (UE) 2022/2464 se mejora la transparencia de las memorias y se eleva el rango de la información sobre sostenibilidad empresarial, dándole la misma importancia que la información financiera. Pero, además, se materializan los siguientes cambios:

  • Contar con un proceso de certificación a través de una auditoría independiente de la información será obligatorio.
  • Se deberá reportar información con un enfoque de doble materialidad (de impacto y financiera), incluir información sobre intangibles de acuerdo con el reglamento de Taxonomía de la Unión Europeo y el Reglamento de Finanzas Sostenibles (SFDR, por sus siglas en inglés) y añadir una prospectiva que incluya objetivos y progresos.
  • Los informes de las empresas incluirán información sobre sostenibilidad en el ámbito medioambiental, social y gobernanza.
Información sobre sostenibilidad - Criterios ESG
  • La información se reportará en base a las normas que elaborará el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG).
  • Esta información se deberá incluir en los Informes de Gestión de los Estados Financieros.
  • Esta memoria pasará a llamarse “Información sobre sostenibilidad”. 
  • La empresa deberá indicar cómo han identificado la información que comunican.
  • Se simplifica el proceso de notificación, con el deseo de establecer una “ventanilla única”. La comisión facilitará una plataforma digital de acceso a la información financiera y de sostenibilidad pública de las empresas en toda la Unión Europea (Punto de Acceso Único Europeo o PAUE). Se presentará en formato electrónico (XHTML).

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